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Anforderungen an Dekowaffen

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El §37d WaffG solo se aplica a las llamadas armas decorativas nuevas!!!

Definición según el Anexo 1, Sección 1, Subsección 1, Número 1.4:

Las armas de fuego son consideradas inutilizables (armas decorativas) cuando, según su tipo de arma y en cada componente esencial, cumplen con los requisitos del Anexo I Tabla II a III del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2403 de la Comisión del 15 de diciembre de 2015 para establecer directrices comunes sobre estándares y técnicas de desactivación que garantizan que las armas de fuego se vuelvan definitivamente inutilizables al desactivarse (DO L 333 del 19 de diciembre de 2015, p. 62), modificado por última vez por el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/337 (DO L 65 del 8 de marzo de 2018, p. 1), y están marcadas según lo dispuesto en el § 8a Abs. 2 y 3 de la Ley de Pruebas de Armas, un reglamento basado en el § 8a Abs. 3 de la Ley de Pruebas de Armas o según lo dispuesto por otro Estado miembro sobre la base del Anexo II del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2403.

En consecuencia, estas armas decorativas deben diferenciarse en armas decorativas antiguas y nuevas.

La siguiente exposición de las disposiciones legales sobre armas sirve únicamente como una breve visión general. Se hace especial hincapié en que esta no es exhaustiva.

 

Armas de decoración antiguas

Armas decorativas nuevas

Requisitos

Inutilización antes del 28 de junio de 2018

No hay certificado de desactivación.

según el anexo 1, sección 1, subsección 1, número 1.4

Inutilización a partir del 28 de junio de 2018 y certificado de desactivación

según el anexo 1, sección 1, subsección 1, número 1.4

¿Qué se debe hacer?

posesión el 01.09.2020:

Protección del estado de posesión según el § 25c AWaffV

No hay nada que hacer, no se requiere notificación; no se emitirá ningún certificado de notificación ni nada similar.

posesión el 01.09.2020:

protección de la posesión

No hay nada que hacer, no se requiere notificación; no se emitirá un certificado de notificación según el § 37 h WaffG.

¿Qué se debe tener en cuenta en el futuro por parte de un transferidor?

A partir del 1 de septiembre de 2020:

cesión permanente (por ejemplo, herencia, venta, donación, etc.) es posible sin autorización para el cesionario.

A partir del 01.09.2020:

En caso de cesión permanente, se debe entregar el certificado de desactivación de la arma (§ 25 párrafo 3 AWaffV).

Notificación de transferencia según el § 37 a, párrafo 1, número 1 de la Ley de Armas (WaffG) dentro de dos semanas por escrito o electrónicamente a la autoridad de armas competente.

Excepción:

En caso de traslado previsto a otro Estado miembro, se requiere un permiso de traslado (§ 25 c Abs. 1 AWaffV) así como una desactivación posterior por parte de un instituto de pruebas de armas (§ 25a Abs. 3 AWaffV).

No existe obligación de devolver un certificado de notificación ya existente en este caso debido a los §§ 37 y siguientes de la WaffG.

En caso de que ya exista un certificado de notificación, se separa la parte derecha y se entrega al comprador para su notificación ("registro") en su autoridad de armas correspondiente.

notificación de transferencia según el § 37 d S. 1 Nr. 1 WaffG dentro de dos semanas por escrito o electrónicamente a la autoridad de armas competente es necesaria.

¿Qué debe tener en cuenta un comprador en el futuro?

A partir del 01.09.2020:

El comprador necesita una autorización previa en materia de armas (por ejemplo, un carné de armas con un registro previo) para la adquisición según el § 10 WaffG, ya que el arma se considera un arma de fuego en el sentido del § 1 Abs. 2 Nr. 1 WaffG desde el 01.09.2020, o una desactivación posterior realizada por un armero y la emisión de un certificado de desactivación por un organismo de prueba de disparos (entonces se sigue el procedimiento para armas nuevas de decoración).

notificación de compra según el § 37 a párrafo 1 número 2 WaffG dentro de dos semanas por escrito o electrónicamente en la autoridad de armas competente bajo presentación de la tarjeta de propiedad de armas con el fin de registrar el arma.

A partir del 01.09.2020:

El comprador muestra la adquisición del arma en un plazo de dos semanas ante su autoridad de armas de conformidad con el § 37 d, apartado 1, número 2 de la WaffG, presentando la certificación de desactivación en original, la página derecha del certificado de entrega del vendedor (si ya existe) y una copia de su documento de identidad.

Tras la revisión de los documentos y la verificación de los requisitos, se emitirá un certificado de notificación de acuerdo con el § 37h, apartado 1, número 2, con la devolución del certificado de desactivación.

Normas de almacenamiento

Estas armas no están sujetas a las normas de almacenamiento según el § 36 párrafo 3, 4, 6 WaffG (§ 39 b párrafo 3 WaffG en combinación con § 25 c párrafo 4 AWaffV). Por lo tanto, estas armas deben guardarse al menos en un recipiente cerrado (§ 13 párrafo 2 línea 1 número 1 AWaffV).

Estas armas deben ser guardadas por el adquirente como un arma de fuego (§ 36 WaffG en combinación con § 13 AWaffV).

Estas armas deben guardarse al menos en un recipiente cerrado (§ 13 Abs. 2 S. 1 Nr. 1 AWaffV).

Tarifas

(según la oficina de tarifas)

Emisión de un documento de tenencia de armas que incluye la autorización de compra para el primer arma de fuego (§ 10 Abs. 1 S. 1 WaffG), tarifa actual de 90 EUR.

Para la inscripción/registro de un arma, etc., se aplican tarifas adicionales.

Emisión de un certificado de notificación según el § 37 h, apartado 1, número 2 de la Ley de Armas (WaffG), tarifa actual de 25,00 EUR.

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